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Novia Curiosa Julio 2012 Gran Canaria

Ayuda hacer separación de bines!!!!

Silvia, el 23 de Marzo de 2012 a las 16:05 Publicado en el Grupo Gran Canaria 0 6

Hola chicas:

Alguna se casa por separación de bienes??? nosotros queremos hacerlo pero no sabemos como ni cuanto cuesta....necesito ayudaaa

6 Respuestas

Última actividad por Evens, el 28 de Enero de 2015 a las 19:42
  • Evens
    Novia Principiante Julio 2015 Gran Canaria
    Evens ·
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    Hola a todas,

    Tenemos intención de hacer separación de bienes antes de casarnos. ¿Alguien sabe cuánto vale en un notario? ¿Es verdad eso de que hay que hacer una lista con todo lo que tenemos antes de casarnos? ¿Hay que presentar documentos oficiales o algo así? ¿Es mucho papeleo?

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  • S
    Novia VIP Septiembre 2012 Toledo
    Siquiero ·
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    Cuanto cuesta mas o menos firmar en el notario la separacion de bienes?

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  • E
    Novia Experta Abril 2012 Madrid
    Estrellita ·
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    Hola

    nosotros esta misma mañana hemos ido en al notario y hemos firmado la separacion de bienes total....

    luego ese papel lo llevamos al registro civil y luego al notario le llevamos el libro de familia cuando te casas..............

    y me caso 28 abril ..............dentro de 10 días

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  • E
    Novia Adicta Abril 2012 Gran Canaria
    Esther ·
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    Hola chicas!

    Bueno aquí creo que se explica bien todo lo que tienes que saber:

    En qué consiste y cómo se puede tramitar

    Las parejas casadas se rigen por un régimen económico matrimonial, que consiste en un conjunto de reglas que regulan las relaciones económicas entre los cónyuges, además de las relaciones con terceras personas mientras dura el matrimonio. Hay varios tipos de régimen económico: gananciales, separación de bienes y participación. Cada pareja puede pactar antes del matrimonio o durante el mismo qué tipo de régimen quiere, pero en caso de no precisar nada ante un notario, en la mayoría de las comunidades autónomas de España se aplica con carácter general el régimen de gananciales, que es por esta razón el que más abunda, y que supone que todos los bienes adquiridos a partir del día de la boda son de los dos miembros a partes iguales.

    Sin embargo, en algunas comunidades autónomas prevalece el derecho foral, que puede establecer un régimen diferente al de gananciales. Es el caso de Cataluña, Aragón, Islas Baleares, Navarra y algunas zonas del País Vasco, donde los regímenes económicos matrimoniales tienen ciertas particularidades propias. Así, en la mayoría de estos lugares si la pareja no pacta nada antes de casarse, se aplica por defecto el régimen de separación de bienes.

    Según establece el Código Civil español, en el régimen de separación de bienes pertenecen a cada cónyuge los bienes que tuviese antes de la celebración del matrimonio, así como los que adquiera durante el mismo. Además le corresponderá a cada uno de ellos el uso y disfrute de esos bienes, pudiendo disponer libremente de ellos. En la práctica esto supone que no necesita consentimiento de su pareja para realizar cualquier tipo de operación, por ejemplo, venta o alquiler de sus propiedades.

    El Código Civil también subraya que serán propios de cada uno de los consortes los salarios, sueldos y ganancias que obtenga por servicios personales, por el desempeño de un empleo o en el ejercicio de una profesión, comercio o industria. Por lo tanto el patrimonio personal de cada cónyuge es diferente e independiente del de su esposo o esposa. Pero esta independencia económica no quiere decir que no deban contribuir a los gastos comunes que se generan durante el matrimonio. Ambos cónyuges deben hacerlo, salvo que se pacte otra cosa, en proporción a sus respectivos recursos económicos.

    Para concertar este régimen se debe acudir a un notario antes de casarse, donde "se deja claro que lo tuyo es tuyo y lo mío es mío. Lo que se establece es que cada uno va a seguir con las mismas propiedades que cuando estaba soltero o soltera. Para ello deben hacer previamente un listado de los bienes que pertenecen a cada uno, e ir completándolo con los que se vayan adquiriendo después". Importancia de ir al notario antes de casarse, "porque si por ejemplo una pareja no pacta nada, se casa y a los seis meses decide optar por el régimen de separación de bienes, lo que hayan comprado durante ese período de tiempo serían bienes gananciales, es decir, que se repartirían al 50%".

    De todas formas este régimen no obliga a que todo sea de propiedad individual y que no se pueda compartir nada en el matrimonio. La pareja puede decidir compartir ciertos bienes, por ejemplo la propiedad de la vivienda. En éste caso no serían bienes gananciales, sino que se estaría compartiendo una copropiedad, de la misma forma que dos personas solteras pueden hacerlo. "Dicho de una forma más coloquial, es como si ponemos un bote común del que disfrutamos los dos miembros de la pareja, pero el resto de lo que tenemos no se comparte". Estos casos donde se comparten ciertos bienes se denominan separación de bienes parcial y cuando no hay ningún bien compartido se llama separación de bienes absoluta.

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  • N
    Novia Adicta Octubre 2012 Gran Canaria
    Noelia ·
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    Hola Silvia!, como bien dice Margarita, se hace ante notario. Puede hacerce antes o despues del matrimonio, y se puede pasar a gananciales y viceversa si se desea durante el matrimonio. Es como realizar una escritura y no suele conllevar muchos gastos. Yo recomiendo aprovechar esa visita al notario y realizar también el testamento, así lo voy a hacer yo.

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  • Margarita
    Novia Experta Septiembre 2012 Gran Canaria
    Margarita ·
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    Hola Silvia...yo me caso por separacion de bienes y según me han informado por otro debate de este foro eso es arreglando un papel ante notario...nada mas!!!!!

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