Buenas tardes,
Tenía fecha de boda para el 25 de Abril pero debido a la situación en la que nos encontramos nos hemos visto obligados a posponer la boda. Después de esto viene mi siguiente quebradero de cabeza, la caducidad del expediente matrimonial, ¿Sabéis desde que momento empieza q contabilizar el año que te dan para casarte?¿Desde que vas con el testigo o desde que cierran el expediente? Me leído un montón de información y aún no me queda del todos claro, entiendo que desde que se cierra expediente, pero si alguien lo sabe a ciencia cierta le estaría agradecido de que me lo aclarase.
Otra cuestión sería, ¿Los expedientes matrimoniales queda congelados por esta situación al igual que otros procesos, es decir, este tiempo no cuenta y por tanto aunque se haya cerrado expediente el 10 de septiembre tienes 20 días más para casarte?
Si alguien sabe algo sobre este tema le estaría muy agradecido.
Un saludo
El contenido del post se ha ocultado
Para desbloquear el contenido, haz clic aquí
Artículos relacionados
Protocolo de la boda
Votos matrimoniales: originales, románticos, divertidos y...
Los votos matrimoniales son una parte fundamental de la ceremonia de boda. Por...
Planificación de la boda
Cómo usar ChatGPT para escribir los votos matrimoniales
¿Os está costando escribir los votos matrimoniales? Que no cunda el pánico. Con...