Hola a todas; necesito ayuda n lo siguiente; resulta que me han dado para firmar el contrato de alquiler del lugar en el que voy a celebrar la boda. Es una hacienda independiente al catering; la cuestion es que en una de las clausulas pone que si yo me desisto, osea, si yo los dejo tirado, se quedan con la señal; PERO QUE SI SE DESIETEN ELLOS, EL ARRENDADOR, solo me devuelven la señal y 200 EUROS!, que esa es mi indemnizacion.
Sgnifica esto que si el propietario, simplemente porque si, decide por ejemplo, un solo dia antes de la boda que yo no me caso alli, yo me voy tan tranquila con la señal y 200 euros?; Que hago yo ese dia con 18000 euros en comida y 300 invitados? me los meto en el, perdonadme, el culo? Lo soluciono todo con 200 euros que me dan de indemnizacion?
De verdad, estaba superilusionada con el sitio, no se si esto es habitual en todos los contratos, pone esto en el vuestro? es normal?; en principio me he negado a firmarlo, y estoy esperando respuesta por su parte, y resulta que tengo un grave problema, pues por mi zona no hay demasiados sitios d alquiler donde puedas llevar tu propio catering, y éste lo tngo ya señalado.
OS RUEGO VUESTRA AYUDA, DECIDME ALGO