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Marina
Barcelona

Regímenes económicos del matrimonio en toledo

Marina, el 25 de Marzo de 2009 a las 11:00 Publicado en el Grupo Toledo 0 1

Regímenes económicos del matrimonio:

Bienes gananciales
El régimen de gananciales implica que todos los bienes e ingresos provenientes de cualquiera de los cónyuges, obtenidos por su trabajo o adquiridos directamente, durante el matrimonio pertenecen a ambos. En caso de disolución del matrimonio, estos bienes serán repartidos por igual. Quedan fuera del régimen los bienes privativos, es decir, aquellos que tuviera cada cónyuge desde antes de contraer matrimonio.

Separación de bienes
En este caso cada cónyuge conserva la propiedad de sus bienes, tanto los que tenía antes de contraer matrimonio como los adquiridos durante el mismo, y el uso, disfrute y administración de los mismos. Significa la total independencia económica.

En España se aplica con caracter general y por defecto el régimen de gananciales, excepto en Cataluña, Aragón, Baleares, País Vasco y Navarra. Puede modificarse antes y durante el matrimonio mediante las Capitulaciones Matrimoniales (se inscriben en el Registro Civil)

1 Respuesta

Última actividad por Montecristoastra, el 22 de Abril de 2011 a las 14:37
  • Montecristoastra
    Novio Novato Abril 2012 Toledo
    Montecristoastra ·
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    Buscando en Internet se encuentra toda la Información.

    Cuanto dices es cierto, y es mejor dar una descripción de Gananciales y Separación de Bienes sencilla, corta y directa, que es lo que la gente quiera.

    GANANCIALES:

    1)Lo adquirido TRAS el Matrimonio es de los dos al 50 %.

    2)Lo adquirido y pagado ANTES del Matrimonio sigue siendo de cada uno siempre, pero si no está pagado aún (un piso a 20 años de hipoteca, por ejemplo) al ser pagado tras un Matrimonio de Gananciales otorga un derecho de compensación al cónyuge no propietario tras un Divorcio, porque casi todo ha sido pagado con dinero "de los dos". Ejemplo: compro un piso en 2010 y me caso en 2011. En 2030 termino de pagar la hipoteca. El piso es mío pero caso de divorcio tendré que indemnizar prácticamente por la mitad de su valor DE MERCADO, el valor en en el año del Divorcio (no el original) a mi pareja.

    3)Lo adquirido por HERENCIA o DONACIÓN antes o después del Matrimonio es de la persona concreta. Es decir, las herencias o donanciones NO ENTRAN EN LOS BIENES GANANCIALES. Ejemplo: me caso con Gananciales y a los 5 años heredo una casa. La casa es sólo mía y su uso, disfruto o dinero de venta es sólo para mí.

    SEPARACIÓN DE BIENES:

    1)Lo adquirido ANTES y DESPUÉS del Matrimonio es de cada uno. PERO, la vivienda conyual, aunque sea de uno de los cónyuges exclusivamente, no puede ser vendida sin la autorización de la pareja (uno no puede decidir "con su vivienda principal" quedarse en la calle unilateralmente).

    2)Las cargas y mantenimiento de la familia será a cargo PROPORCIONAL A LOS RECURSOS (ya sean de trabajo, rentas inmobiliarias, etc.) de cada cónyuge. Ejemplo: uno gana 3000 € y el otro 1000, una proporción sería que uno destinara al sostén familiar 1000 € y el otro 333,3 €.

    3)Pese a haber Separación de Bienes, la pareja puede disfrutar de ciertos bienes del otro sin disponer de ellos. Por ejemplo, uno puede decorar la casa de su pareja donde viven, colocar fotos, invitar familiares, etc. Pero no venderla, alquilarla, hipotecarla o hacer obras que alteren su estructura.

    CONCLUSIÓN:

    Lo mejor es quererse y que el Matrimonio vaya bien. Si hay amor, cada pareja será feliz de ver feliz a su pareja (valga la redundancia) y siempre le deseará lo mejor. Mientras un Matrimonio vaya bien el Régimen Económico tendrá poca relevancia y casi dará igual.

    Puede tener mucha utilidad la Separación de Bienes en caso de que uno de los cónyuges sea empresario o esté metido en negocios. En este caso, que el negocio vaya mal puede repercutir en la economía del Matrimonio, arruinándolo, por lo que una Separación de Bienes ayuda mucho sin tener vistas a un Divorcio.

    Por desgracia, esto no ocurre siempre así, y ante las crisis matrimoniales, uno agarra el dinero del otro aunque le queme.

    Luego hay un detalle fundamental: el régimen económico DA IGUAL (o prácticamente igual) si hay hijos. Por desgracia, la mayoría de CUSTODIAS son para ellas, quedándose con la CASA, HIJOS y PENSIÓN, y da igual el Régimen Económico o a nombre de quién esté escriturada la casa (incluso si está a nombre de abuelos).

    Por eso, y sobre todo por el bien de la familia, yo apelo al sentido común de ellos para no realizar acciones que tienten la continuidad del Matrimonio (sean cuales sean éstas) y a ellas que no abusen de la protección que el Derecho les da, QUE NO ES IGUAL PARA ELLOS SIENDO ELLAS CLARAMENTE FAVORECIDAS.

    Queramos todos a nuestras parejas que digan lo que digan, y las modas progresistas o lo que sea... Siempre será mejor un Matrimonio viable que uno destrozado.

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