Régimen por defecto en la comunidad de Galicia.
Al parecer en el 2014 se hablaba de cambiar la ley para que el régimen por defecto fuese separación de bienes (y no gananciales como hasta el momento) pero no puedo encontrar confirmación de si al final se cambió y dicha ley entró en vigor.
Tampoco sé si al ir a vivir en Irlanda, después me rijo por la ley del lugar de la boda (Galicia) o de la de domicilio habitual (Irlanda).
¿Alguien lo sabe?
Gracias,
Irene