Hooooooola,
Bien amig@s os cuento lo siguiente:
Tenemos reservada fecha en un pazo para la celebración de nuestra boda. Este pazo tiene capilla consagrada, por lo que entendimos que no sería difícil encontrar a un sacerdote que la pudiera oficiar allí.Tras una complicada búsqueda encontramos uno, amigo de un familiar, pero que no tiene parroquia propia, por lo que no puede inscribirnos.La Ley Canónica dice que solo se puede oficiar celebraciones religiosas en estos recintos si eres familiar del dueño hasta tercer grado de consanguinidad, pues no, no tengo esa suerte!He escrito al arzobispado de Santiago de Compostela para pedir la autorización pertinente ya que tengo familiares con movilidad reducida y queríamos hacer todo en el mismo lugar, evitando desplazamientos para ellos, y su respuesta ha sido citarme de nuevo la Ley.¿Alguien se ha visto en la misma situación?Y en caso afirmativo, ¿Cómo la ha solventado?Muchas graciaaaaaaaaaaaas!
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