Ir al contenido principal

El contenido del post se ha ocultado

Para desbloquear el contenido, haz clic aquí

T
Novia Máster Mayo 2019 Albacete

Documentacion para un boda civil

Teresa, el 22 de Enero de 2018 a las 10:34 Publicado en el Grupo Albacete 0 3

Bueenosss dias

Supongo que al igual que yo, habrá mas de una pareja que vaya a casarse por el juzgado y luego hagan otra ceremonia donde se vaya a casar, siendo la oficial la primera.

Alguien me podria decir que pasos hay que seguir para todo esto, es decir,

- documentación

- tiempo que tardan en darte fecha

MUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUCHAS GRACIAS


3 Respuestas

Última actividad por Nati, el 23 de Enero de 2018 a las 10:31
  • Nati
    Admin Barcelona
    Nati ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Teresa

    ¡Hola Jose!

    Veo que estás empezando a organizar tu boda Smiley smile

    ¡Qué emoción!

    Puedes pasarte por estos debates que te ayudarán un montón para dar los primeros pasos:

    10 consejos para empezar a organizar la boda

    ¡Tu boda en 6 preguntas clave!

    Expediente matrimonial por civil: ¿cuánto tarda?

    ¿Qué preguntar antes de contratar el banquete?

    ¿Tienes la fecha en el banquete pero no de ceremonia?

    Si necesitas algún proveedor o banquete siempre puedes contar con el directorio de la página.

    Y cuéntanos en un Nuevo Debate... ¿qué tipo de boda os gustaría tener?

    ¡Besos!

    • Responder
  • T
    Novia Máster Mayo 2019 Albacete
    Teresa ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Joli, que detallado todo. Muchas gracias

    me referia sobretodo al tema de la documentación aunque si dices que todo se inicia en el registro civil alli me dirán toda la documentación a entregar

    Muchas gracias

    • Responder
  • M y J 22
    Novia Máster Marzo 2019 Almería
    M y J 22 ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Legalmente, sólo existe un tipo de matrimonio: el civil. De manera independiente a su forma de celebración, para el pleno reconocimiento del mismo es necesaria su inscripción en el Registro Civil.


    Inscripción del matrimonio

    http://www.juntadeandalucia.es/justicia/portal/adriano/serviciosciudadania/gestiondetramites/tramitesregistrocivil/inscipcionmatrimonio/

    Los requisitos y efectos del matrimonio son los mismos para parejas del mismo o de diferente sexo, y pueden resumirse en los siguientes puntos:



    Ser mayor de edad o menor de edad emancipado.

    Ser mayor de 14 años, previa autorización judicial, a través de sus representantes legales (madre, padre, tutor/a, Ministerio Fiscal).

    No existir vínculo matrimonial previo.

    No tratarse de los parientes que a continuación se relacionan:

    • Parientes en línea recta (descendientes, ascendientes), tanto biológicos como por adopción.

    • Parientes que descienden biológicamente de un antepasado común, en línea colateral, hasta el tercer grado (tíos y sobrinos). Cabe dispensa del grado tercero de colaterales por el/la Juez encargado del Registro Civil.

    • No estar condenado por sentencia firme como autor/a o cómplice de la muerte dolosa del cónyuge de alguno de los contrayentes, salvo dispensa por el Ministro de Justicia.


      Inicio del expediente:

      Los trámites para el matrimonio civil deben iniciarse siempre en el Registro Civil del municipio en la que esté domiciliado o tenga su residencia habitual uno o los dos futuros contrayentes. Si están domiciliados en poblaciones distintas podrán elegir la que más les convenga.

      Lugar de celebración:



      Aunque los trámites previos se lleven a cabo ante el Registro Civil correspondiente, los contrayentes pueden decidir que, una vez finalizado el expediente prematrimonial, la ceremonia nupcial se celebre en cualquier municipio, ante:




      1. El Juez Encargado del Registro Civil y los Jueces de Paz por delegación de aquél en las oficinas o dependencias del Registro Civil.


      2. El Alcalde o Concejal en quien éste delegue en el local que reúna las condiciones adecuadas.


      3. El Secretario judicial o Notario libremente elegido por ambos contrayentes que sea competente en el lugar de celebración.


        Y lo de la fecha es segun lo que tarden en papeleo
    • Responder

Elegiste . Escribe un comentario y añade más detalles a tu elección 👇

×

Artículos relacionados

Grupos generales

Inspiración