Hola chic@s,
Como en internet hay muy poca información, me paso por aquí para dejaros los pasos a seguir para solicitar un matrimonio civil en la ciudad de Alicante.
Si se desea realizar en el Ayuntamiento de Alicante primero se deben realizar estos pasos, si no saltar directamente a los pasos del registro:
1. El primer día hábil de Octubre el Ayuntamiento de Alicante abre la agenda para el año siguiente. La fecha se solicita en bodas.alicante.es . Os llegará un justificante como que habéis solicitado la fecha. Lo imprimís y lo firma la persona a la que va dirigido (solo uno de los contrayentes).
2. Presencialmente o telemáticamente se registra esa instancia en el ayuntamiento como una instancia genérica. Guardar el acuse de recibo, junto a esa instancia deberéis adjuntar los dnis de los testigos del día de la firma (vamos los que van a hacer de padrinos)
Registro Civil número 2 situado en calle Los Doscientos. Tenéis que coger antes cita en la web del registro civil, como inscripción de matrimonio civil. Solo dan 4 citas al día. Las citas para un mes salen el primer día hábil del mes anterior. Se debe ir al registro como muy pronto 12 meses antes del día de la boda (en caso de ya tener fecha). Ese día debéis acudir los dos contrayentes junto con dos testigos (no tienen por que ser los mismos que el día de la boda) y deben ser familiares.
Debéis presentar
1. un formulario rellenado que os dan allí (aunque mejor si os pasáis un día sin cita por el mostrador y os lo dan en un momento).
2. Certificado de empadronamiento de los contrayentes de los últimos 2 años
3. DNI de los contrayentes
4. DNI de los testigos
5.Partida de nacimiento de los contrayentes.
Ahí os harán unas preguntas, las típicas de si vas por propia voluntad, etc, os darán un justificante y como muy tarde al día siguiente os llegará un mail confirmando si os dan permiso para ejecutar la boda. Si trasladáis expediente al ayuntamiento ya no tenéis que hacer nada más pero si os casáis en el juzgado tendréis que volver a ir para que os adjudiquen la fecha. Recordar, en el registro no se puede lanzar nada.
Espero que esto os haya ayudado, cualquier cosa me podéis comentar porque ha sido toda una odisea ir descubriendo todos los pasos a seguir.