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Nerea
Novia VIP Julio 2014 Guipúzcoa

Régimen de matrimonio

Nerea, el 13 de Marzo de 2014 a las 14:23

Publicado en el Grupo Guipúzcoa 39

Buenos días chicas, me ha surgido una duda, a ver si las ya casadas me la podéis solventar; ¿cuál es el régimen por defecto casándote en el Ayuntamiento de Donostia, gananciales o separación de bienes? Y si no me gustara el que está por defecto, ¿cómo lo cambiaría? ¡Gracias!

Buenos días chicas, me ha surgido una duda, a ver si las ya casadas me la podéis solventar; ¿cuál es el régimen por defecto casándote en el Ayuntamiento de Donostia, gananciales o separación de bienes?

Y si no me gustara el que está por defecto, ¿cómo lo cambiaría?

¡Gracias!

39 Respuestas

  • M
    Novia Adicta Septiembre 2014 Madrid
    Mariana ·
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    PErdona LEire, pero estás equivocada. Creo que hay algo en alguna zona de Vizcaya, pero en Euskadi es régimen de gananciales y no separación de bienes. Así que si te interesa la separación de bienes, ten en cuenta que, en principio, no se os aplicará si ambos tenéis vecindad civil vasca y residís posteriormente en Euskadi (salvo pacto en contrario - capitulaciones matrimoniales-, claro)

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  • Leire
    Novia Habitual Septiembre 2015 Guipúzcoa
    Leire ·
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    En Euskadi es separación de bienes por defecto como en Cataluña. Ahora, no se cómo se cambia
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  • M
    Novia Adicta Septiembre 2014 Madrid
    Mariana ·
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    Nerea... dependerá de vuestra vecindad civil. ¿sois los dos vascos? ¿lleváis viviendo en euskadi desde hace más de 10 años (o 2, habiendo optado)?

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  • B
    Novia Adicta Julio 2014 Guipúzcoa
    Beatriz ·
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    Hola nerea, eso no depende del ayuntamiento ni de la iglesia, eso lo determina el matrimonio.saludos
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  • Marta
    Novia VIP Junio 2015 Barcelona
    Marta ·
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    Aqui en catalunya el regimen es separacion de bienes
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  • Rocio
    Súper Novia Octubre 2013 Madrid
    Rocio ·
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    Exactamente. Para cambier el régimen del matrimonio tienes que ir a un notario y hacer capitulaciones matrimoniales. Una vez casados, adjuntas las capitulaciones al acta de matrimonio y lo llevas al Registro Civil para que anoten este caso tanto el Libro de Familia como en la Inscripción matrimonial.

    Lo normal es hacerlo antes de la boda, pero también puedes hacerlo a posteriori. El problema es que si, por ejemplo, tu regimen por defecto es de gananciales y lo cambias 5 meses después de la boda, todo lo que hayáis adquirido desde el momento del matrimonio hasta el cambio se verá afectado por el regimen de ganaciales. A lo mejor es poca cosa y no te afecta, pero imagínate que heredas o te compras tú una casa en ese tiempo...

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  • Withina
    Novia Máster Septiembre 2014 Guipúzcoa
    Withina ·
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    Hola Nerea, el régimen por defecto es diferente según la CC.AA. y yo creo que aquí por defecto es el régimen de gananciales pero a ver si alguien te puede confirmar el dato. Supongo que si quisieras establecer otro régimen, tendrás que hacerlo ante notario.

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