Hola parejitas de la comu!!!
Hoy, que no he empezado con el pie derecho mi día, traigo una pregunta calentita....
En España tenemos tres tipos de regímenes, gananciales, separación de bienes y régimen de participación. El primero es que todo lo que se adquiere dentro del matrimonio es de los dos. Lo adquirido antes, es de quien lo adquiriese. Y en caso de separación, los bienes se repartirían a gastos iguales.La separación de bienes, se refiere a que cada cónyuge, es propietario de los bienes adquiridos tanto dentro como fuera del matrimonio. Por lo que podrá hacer lo que quiera con sus bienes, excepto si se tratase de la vivienda familiar.El régimen de participación funciona durante el matrimonio como la separación de bienes, pero si hay divorcio, cada cónyuge participará en las ganancias obtenidas por el otro durante el matrimonio. En la mayoría de las comunidades, si no se acuerda previamente, el régimen que se aplica es el de gananciales. Y se puede cambiar el régimen una vez contraído matrimonio, mediante capitulaciones matrimoniales