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Pepe's
Sevilla

Boda civil v. documentación y otros aspectos

Pepe's, el 19 de Enero de 2013 a las 12:19

Publicado en el Grupo Ceremonia Nupcial 59

la hora de celebrar una boda civil surgen muchas dudas sobre los trámites que hay que realizar, qué documentación hay que entregar, dónde hay que solicitarla, si se puede elegir el lugar y la fecha de la boda, cuánto tiempo se tarda en gestionar todo. Así que antes de empezar a planificar conviene...

La hora de celebrar una boda civil surgen muchas dudas sobre los trámites que hay que realizar, qué documentación hay que entregar, dónde hay que solicitarla, si se puede elegir el lugar y la fecha de la boda, cuánto tiempo se tarda en gestionar todo. Así que antes de empezar a planificar conviene conocer toda la información.

¿Qué documentación es necesario presentar?

Fotocopia del DNI de los contrayentes, o en su defecto del pasaporte o tarjeta de residencia.

Certificado literal de la inscripción de nacimiento de los contrayentes, expedido por el Registro Civil del lugar de nacimiento.

Certificado de empadronamiento o residencia, que se obtiene en el Ayuntamiento o Junta de Distrito correspondiente del municipio donde se haya residido durante los dos últimos años (caduca a los tres meses)

Declaración jurada respecto al estado civil de los contrayentes que facilita el juzgado.

Rellenar la instancia de Registro Civil. Una sola para los dos contrayentes.

¿Si alguno de los contrayentes fuera viudo, divorciado o extranjero?

En ese caso, habría aparte de la documentación anterior, habría que presentar a mayores:

Viudos:

Certificación literal de Inscripción de Matrimonio del matrimonio civil anterior. Certificado de Defunción del cónyuge anterior.

Divorciados:

Certificado literal del matrimonio anterior, con inscripción marginal de divorcio.

En caso de que esta nota no haya sido practicada, deberá presentarse testimonio de la Sentencia, con Declaración de Firmeza, que expedirá el Juzgado en el que se tramitó el mismo.

En el caso de españoles divorciados en el extranjero la sentencia de divorcio necesita el Exequátur de la misma (convalidación efectuada por la Sala 1ª del Tribunal Supremo).

Extranjeros:

Cuando uno reside en el extranjero, en el consulado del país donde resida tendrá que pedir una declaración de soltería y de nacionalidad española.

Si ambos contrayentes son extranjeros, según el artículo 50 del Código Civil podrán celebrar el matrimonio en España según nuestra legislación o cumpliendo lo establecido por la ley personal de cualquiera de ellos.

Una vez reunida la documentación anterior, ¿dónde hay que prersentarla?

Una vez reunida toda la documentación anterior:

Acudir conjuntamente al Juzgado al Registro Civil a entregar la documentación junto con otros dos testigos (no tiene por qué ser los mismos testigos de la boda)

Así se inicia el expediente y en el plazo de uno o dos meses si una vez comprobados todos los datos está todo en regla se da a los contrayentes nuevamente cita para volver al Registro Civil y retirar el auto favorable o no a la celebración.

Reservar día y hora en el lugar de celebración (Ayuntamiento o Juzgado)

Entregar la documentación necesaria al juez encargado del Registro Civil, el cual una vez recibida la relación de todos los datos relativos a uno y otro contrayente que deban figurar en la inscripción del matrimonio, remitirá dicha documentación al Servicio de Protocolo del Ayuntamiento, donde se abrirá un Libro Registro de las peticiones de matrimonio que se produzcan.

El Servicio de Protocolo, comunicará a los futuros contrayentes, con la suficiente antelación, el lugar, fecha y hora de celebración del matrimonio con la advertencia de la necesidad de la presencia en dicho acto de dos testigos mayores de edad.

En el expediente se habrá de señalar si se desea celebrar la boda civil en el propio Registro Civil (un Juez será el encargado de llevar a cabo el acto) o en Ayuntamiento o Juntas de Distrito Municipales (donde será el alcalde o uno de los concejales quién se encargará de llevar a cabo la ceremonia)

¿Cuánto se tarda en realizar todos los trámites de la boda civil?

Todos los trámites del expediente ante el Registro Civil duran entre 30 y 50 días.

¿Se puede elegir la fecha?

En general, tanto en los juzgados como en los ayuntamientos, se suelen celebrar en días laborables y por la mañana. Aunque puede haber variaciones dependiendo del Ayuntamiento. Hay algunos que permiten celebrar la boda fuera del mismo (pero dentro del municipio) o durante el fin de semana.

¿Cuándo hay que decidir entre Separación de bienes o Bienes gananciales?

Se deberá elegir entre los 2 regímenes patrimoniales de común acuerdo en el momento del matrimonio.

A falta de capitulaciones o cuando éstas sean ineficaces, el artículo 1316 del Código Civil dice que el régimen será el de la sociedad de gananciales. Por lo que si expresamente no se acuerda la separación de bienes, regirá por norma general la sociedad de gananciales, salvo en algunas CC.AA. como por ejemplo Cataluña en las que se tomaría por defecto el régimen de separación de bienes.

¿Cómo se lleva a cabo la celebración de la boda civil?

En el lugar, día y horas previamente señaladas por el Servicio de Protocolo del Ayuntamiento, deberán personarse ambos contrayentes por sí o, uno de ellos, mediante apoderado a quien se haya concedido poder especial en forma auténtica, -pero siempre será necesaria la asistencia personal del otro contrayente-, además de la de dos testigos mayores de edad.

Se procederá a la lectura de los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil por la persona que oficie la ceremonia.

Seguidamente, se preguntará a cada uno de los contrayentes si consienten en contraer matrimonio con el otro y si, efectivamente, lo contraen en dicho acto y, respondiendo ambos afirmativamente, declarará que los mismos quedan unidos en matrimonio.

Una vez celebrado el matrimonio, se extenderá el Acta correspondiente con su firma y la de los contrayentes y testigos y entregará aquellos documentoss acreditativo de la celebración del matrimonio.

Uno de los ejemplares del Acta se remitirá, de inmediato, al Registro Civil para su inscripción en el Registro y para la entrega por éste a los casados, del correspondiente Libro de Familia.

¿Se puede realizar la boda entre españoles en el extranjero?

El artículo 70 del Código Civil dice que cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España. Españoles que deseen casarse en el extranjero: además de tener que respetar las disposiciones de la ley española (documentos, edad, soltería…) tendrán que adecuarse también a las normas del país donde piensen celebrar la boda.

Si uno de los novios es residente en el extranjero: Tendrá que solicitar al consulado español del país donde reside una declaración de soltería y de nacionalidad española. Un saludo

Pepe's

59 Respuestas

  • Kika
    Novia Adicta Agosto 2014 Madrid
    Kika ·
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    Leticia, yo soy de Madrid, y lo he pedido por internet, ha llegado en cuatro dias a mi domicilio y lo pedí por triplicado por si acaso, te dan la opción, y es todo gratis. Si tienes el libro de familia de tus padres, o lo tienen ellos, preguntales el tomo y el folio, que es lo que te piden, así como más raro, lo demás son tus datos personales normales.

    Un saludoo

    https://sede.mjusticia.gob.es/eCertificados/CertificadoNacimiento.do?lang=es_es&idtramite=1215327470593&idpagina=1215197884559

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  • Patricia
    Novia Habitual Agosto 2013 Orense
    Patricia ·
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    Yo inicie todo el papeleo el 14 de febrero y los recogimos ayer,asique más o menos lo mismo

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  • Sayuri
    Súper Novia Diciembre 2013 Madrid
    Sayuri ·
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    Yo inicié el expediente el 1 de abril en pradillo y me han dado cita para el 23 de mayo (aprox un mes y medio).

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  • Maribel
    Novia Experta Septiembre 2013 Gran Canaria
    Maribel ·
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    Es increible la diferencia que hay entre unos registros y otros, incluso dentro de la misma comunidad. Mi futuro es divorciado, y por los retrasos que tienene en los juzgados no habían practicado la nota marginal de divorcio en el certificado de matrimonio, y en el juzgado le dieron los papeles de la sentencia firme con una nota dirigida al registro civil donde estamos arreglando los papeles y que ponía expresamente que era para tramitar expediente matrimonial, según el juzgado eso era más que suficiente, pero cuando fuimos al registro nos dijeron que eso no servía para nada, que el fiscal no lo aceptaría. Y hemos tenido que esperar hasta que tuvieran tiempo de practicar la nota marginal.

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  • Betty
    Novia Habitual Septiembre 2013 Madrid
    Betty ·
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    Mirando en otros foros encontre este telefono ****, aqui me lo cojió una mujer muy amable a la primera, me dijo que tenia que ir en persona a pedir cita y a recoger una documentación para rellenar.

    Vamos el martes a ver que nos dicen.

    Gracias por todo os mantendre informados.

    Besos

    Bea

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  • Yuruby
    Novia Habitual Septiembre 2013 Madrid
    Yuruby ·
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    Betty creo que lo mejor es q vayas personalmente y mejor aun si llevas todos los requisitos hace unos meses fui a un evento para novias y conocí a una chica que tramitó su expediente en Pradillos y me dijo que fue rápido, eso si nunca le contestaron el teléfono .
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  • Betty
    Novia Habitual Septiembre 2013 Madrid
    Betty ·
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    Es vergonzoso, de verdad increible, que pena... no tengo palabras...

    Yo tengo la esperanza de que el registro civil de la calle pradillo, tarde menos de dos meses, he visto en otros foros que en quince dias tienes el expediente, pero llevo dos dias llamando para coger cita y no cojen el telefono para nada ni si quiera un 902 que tienen solo para coger citas. No sé... solo me queda esperar a ver que pasa, si no, faltaré a trabajar el lunes e ir en persona aunque estoy convencida de que sin cita no me van a querer ni dar información...

    Bueno, mucho animo y ya me contaís.

    Besos y paciencia!!

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  • Yuruby
    Novia Habitual Septiembre 2013 Madrid
    Yuruby ·
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    Tramitar la solicitud de matrimonio es mucho mas agotador que todos los preparativos de la boda, hace un a#o y dos meses que pedí la cita y me toco esperar. siete meses y pensé bueno entregamos todos los requisitos y ya queda poco... Pues nooooooo aun no he firmado con los testigos tengo q seguir esperando siete meses mas para firmar y quien sabe cuanto tiempo mas para q nos den el expediente! En definitiva el registro de Fuenlabrada convierte en pesadilla algo tan especial como lo es querer contraer matrimonio!
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  • Betty
    Novia Habitual Septiembre 2013 Madrid
    Betty ·
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    Muchas gracias Pepe's.

    Nosotros estamos super nerviosos nos hemos enterado esta semana santa de todo este papeleo y queríamos casarnos el 6 de julio.

    No sé si nos dará tiempo.

    Dices que todas las gestiones duran entre 30 y 50 días, pero lamentablemente esto depende de donde estes empadronado en mi caso mi chico es de la sierra norte de madrid y yo de madrid capital. queríamos hacerlo todo en el registro civil de Torrelaguna, pero alli me han dicho, de muy malas formas, que me dan cita para agosto y que despues tardan tres mese en darme la conformidad!! osea que hasta noviembre no me podría casar.

    Me han dicho en otro ayuntamiento que en madrid en Pradillo van más rápidos, esperemos que sea así.

    ¿alguno de vosotros ha preparado la documentación en madrid?

    Muchas gracias por vuestra ayuda.

    Besos

    Bea

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  • Marcito
    Novia Experta Octubre 2013 Girona
    Marcito ·
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    Gracias por la informacion, yo soy extranjera y en el registro civil no me dijeron nada de lo de ir a mi consulado. El lunes llevare la documentacion que tengo haber que pasa.

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  • Yuruby
    Novia Habitual Septiembre 2013 Madrid
    Yuruby ·
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    Hola yo vivo en Fuenlabrada y el registro en un caos total, hace un año que pedí la cita y cuatro meses de haber entregado la documentación, tengo cita para mayo 2013 para firmar con mi novio y los dos testigos y acá comienza el calvario... Resulta que fui a preguntar esta semana si a los 3 meses (tiempo q ellos mismo me dieron como margen para entregarme mi expediente) ellos llevarian el expediente al ayuntamiento donde nos vamos a casar (q es uno de la sierra de madrid) o lo llevamos nosotros, pues me han dicho q ya no son tres meses q no saben si son 4, 5, 6 o más??? Y tengo todo reservado la fecha en el ayuntamiento de Lozoya del bercial, finca y demás.... Ahora no se q hacer Smiley sad si hay alguna novia de Fuenlabrada q este en las misma porfíiiisss q me diga algo!!!
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  • Alma
    Novia VIP Agosto 2013 Cádiz
    Alma ·
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    Pidelo por internet, yo tambien lo tuve que pedir a Madrid (y para asombro mio) tardó solo una semana.

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  • Pepe's
    Sevilla
    Pepe's ·
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    Cuatro meses??????? creo que a la persona que te informo que te informo en el registro le han regalado el puesto. Vuelve a informarte pq eso es un disparate

    Pepe's

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  • Leticia
    Novia Adicta Junio 2013 Acoruña
    Leticia ·
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    Dios mio!!!! Muchisimas gracias por laayuda!!!! Yo me caso en 5 meses y he 3moezado aora a tramitar el exoediente y me asustaron oorque me dijeron que mi certificado de nafimiento ests en el registro central de madrid yque tsrsaban 4 meses en mandarmelo....es eso cierto???? La verdad es que me trataron badtante mal....
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  • Patricia
    Novia Habitual Agosto 2013 Orense
    Patricia ·
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    Gracias por toda la ayuda que me viene genial,muy bien explicado mil gracias de nuevo

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  • Lorena
    Novia Habitual Agosto 2013 Valencia
    Lorena ·
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    Patricia, yo tengo entendido que depende del ayuntamiento el acuerdo que tenga con el restaurante que tu hayas elegido.. Asi que deberías de ir al ayuntamiento que pertenezca tu restaurante (o llamar por teléfono) y preguntar si algún concejal, alcalde, juez..etc te podría casar allí ese día... Si es que no pues ya tendrías que casarte en el ayuntamiento o juzgados, y el día de "la boda" contratar un ceremoniante para el jardín... (así se suele hacer).

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  • Pepe's
    Sevilla
    Pepe's ·
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    La mayoría de las legislaciones civiles suelen tener una normativa bastante similar: en cuanto a qué personas tienen facultades para casar a otros civilmente. Salvo algunas excepciones, siempre suelen ser funcionarios públicos determinados.

    -El Juez encargado del Registro Civil.

    -El Alcalde del municipio en donde se celebre el matrimonio.

    -El concejal delegado por el Alcalde para esa función.

    Si quieres casarte civilmente en algún lugar privado escogido por tí o, simplemente has decidido que éste es el lugar y el momento preciso, puedes solicitar el traslado de un Notario o de un Juez para levantar actas en distintos sitios, también PUEDES SOLICITAR en el REGISTRO CIVIL O AYUNTAMIENTO del municipio en donde te casarás, el traslado de un funcionario autorizado para celebrar matrimonios, hasta el sitio en donde se llevará a efecto la boda que planeas. Es un procedimiento usualmente contemplado. Todo depende de la DISPONIBILIDAD del funcionario para la fecha y hora en que lo necesites. Si ningun funcionario ‘’estuviese disponible’’ para trasladarce a tu lugar de celebracion celebra el matrimonio civil y posteriormente tu ceremonia en el lugar elegido con un maestro de ceremonias. Muchisimo animo y suerte

    Pepe’s

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  • Patricia
    Novia Habitual Agosto 2013 Orense
    Patricia ·
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    MUCHAS GRACIAS POR PUBLICAR TODA ESTA INFORMACION YA QUE YO ESTOY EN PLENO TRAMITE,ME GUSTARIA QUE ME CASARAN EN EL JARDIN DE UN RESTAURANTE Y CREO QUE VA SER IMPOSIBLE.COMO SE SABE SI ELLOS PUEDEN HACERLO A MI ME HAN DICHO DEPENDE DE LA PERSONA QUE LE TOQUE SI QUIERE O NO.UN SALUDO Y GRACIAS DE NUEVO

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  • Pepe's
    Sevilla
    Pepe's ·
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    Erika, muchisimas gracias. No seré yo como abogado quien critique la situacion de los juzgados, registros, etc pero tienes toda la razon, estas oficinas normalmente se encuentran colapsadas de trabajo, lo que impide que su funcionamiento fluya como deberia ser en perjuicio del usuario, pero me alegra muchísimo que finalmente todo se arreglara favorablemente. Muchisimas gracias por tu mensaje. Un saludo

    Pepe's

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  • Pepe's
    Sevilla
    Pepe's ·
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    Gracias, el tema del papeleo es a veces inquietante, pero en realidad son solo unos cuantos detalles que hay que tener claros, para no perdernos en papeleos y burocracia

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  • P
    Novia Experta Julio 2013 Pontevedra
    Paula ·
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    Gracias por la información pero también depende del ayuntamineto donde te cases.

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  • Erika
    Novia Adicta Mayo 2013 Córdoba
    Erika ·
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    Yo soy extranjera y divorciada... ojalá hubiese leído esto antes de viajar a España porque tras abrir el expediente surgió el requerimiento de mil papales que no tenía porque el juzgado de mi novio no informó debidamente y el proceso se ha hecho más largo de lo esperado aunque gracias a Dios llegó ya a buen término.

    Muchas gracias por publicar esta información tan importante para muchos que la necesiten... hasta los juzgados deberían leerlo para orientarse y decir los requisitos con propiedad.

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  • Cruz
    Novia Adicta Junio 2013 Valencia
    Cruz ·
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    Genial la información !! muchas gracias.

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  • Elena
    Novia Máster Junio 2013 Ciudad Real
    Elena ·
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    Muy buena información, todo recopilado en un mismo debate, genial!

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  • S
    Novia Máster Agosto 2012 Cantabria
    Silvia ·
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    Esta genial que de informacion y ademas super util

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  • J
    Top de las Novias Noviembre 2012 Badajoz
    Julicita ·
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    Tus debates siempre aportando información vital, jeje eres un solete!!!!

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  • L
    Novia Leyenda Septiembre 2013 Barcelona
    Laura ·
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    Muy bueno; aclarara muchas dudas!!! Gracias x compartir!!!
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