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Novia Habitual Julio 2015 Asturias

Régimen matrimonial.

Vero, el 7 de Agosto de 2014 a las 13:43 Publicado en el Grupo Asturias 0 17

Hola a todas:

Me caso en Julio del año que vienen y cuando empiezas a hablar con la gente sobre la boda te empiezan a bombardear con mogollón de cosas que tienes que hacer antes, durante y después de la boda, entre los detalles para la celebración y luego todos los papeleos.

Mi duda me surge en cuanto al régimen matrimonial que has de elegir: El de bienes gananciales o el de separación de bienes. Porque al final nadie sabe explicarte ni decirte bien cuál combiene más, que ventajas y desventajas tiene cada uno y sobre todo cuándo, en qué momento se hace eso.

A ver si entre todas resolvemos las dudas.

Un beso y gracias.

17 Respuestas

Última actividad por Enamorada, el 24 de Noviembre de 2014 a las 08:20
  • Enamorada
    Novia Máster Junio 2014 Madrid
    Enamorada ·
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    Os dan el libro de familia en el ayuntamiento? Igual alli es diferente,xo nosotros tb nos casamos en el ayuntamiento y ellos mandaban el acta matrimonial al registro civil,q es donde gestionan lo del libro d familia y dspues de la luna de miel ya nos pasamos a llevarles las capitulaciones xa q las anotasen y a recogerlo.En q registro civil va a constar vuestra acta matrimonial? Imagino q sera alli donde tengais q entregarlos.
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  • B
    Súper Novia Septiembre 2015 León
    Beatriz ·
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    Jo muchas gracias me he enterado de un monton de cosas. Gracais chicas
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  • Yénifer
    Súper Novia Mayo 2015 Tarragona
    Yénifer ·
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    Muchas gracias Odri,
    me quedan algunas dudas:
    pensábamos que al casarnos ya se otorgaba por defecto, entonces tenemos que hacerlo nosotros?
    con la vecindad civil a qué te refieres? pq ambos estamos empadronados en Tarragona, y yo soy gallega.
    Cuando dices que hay q ir al registro a inscribirlo vale en galicia o en tarragona o tiene q ser justo donde te casas?

    ayyyy q soy un mar de dudas!
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  • Odri
    Novia Habitual Octubre 2014 Sevilla
    Odri ·
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    Hola! El régimen económico matrimonial depende de la vecindad civil de los contrayentes, si los dos tenéis vecindad civil catalana el régimen por defecto será el de separación de bienes os caséis donde os caséis.
    En cuanto a los trámites: es indiferente hacerlo antes o después de la boda, lo que si es obligatorio es llevarlo al registro para inscribirlo, ya que si no las capitulaciones matrimoniales (que siempre deben hacerse ante notario) no tendrían validez. Pueden hacerse las veces que se quiera y cambiar el régimen cuando se quiera, pero siempre ante notario y llevándolo al registro.
    Si es cierto que si se capitula para hacer separación de bienes, debe indicar se en la separación si se quiere que herede el cónyuge, ya que si no se hace así los bienes pasaran a la familia (ascendientes o descendientes con preferencia de los segundos) con excepción de Aragón, donde si no se especifica lo contrario prevalece el usufructo viudal, lo que quiere decir que el cónyuge superviviente sería quien tuviera el uso y disfrute de todos los bienes, quedando la propiedad de los mismos en poder de sus descendientes o ascendientes.
    Espero haber ayudado y quedo a disposición vuestra para intentar resolver algunas dudas al respecto! Smiley winking
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  • Raquel
    Novia Experta Junio 2015 Murcia
    Raquel ·
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    Eso es muy personal y respetable, yo siempre lo he tenido clarisimo, nosotros hemos conseguido todo lo que tenemos juntos y nos sentimos uno, , conlo cual haremos bienes gananciales.
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  • Yénifer
    Súper Novia Mayo 2015 Tarragona
    Yénifer ·
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    Entiendo, pero el problema es que nosotros vivimos en Tarragona, pero celebramos la boda civil en Galicia, al día siguiente de la boda ya nos vamos de luna de miel y regresamos después a Tarragona.
    El libro de familia irán a recogerlo mis familiares al Ayuntamiento de dónde nos casamos.
    Podríamos gestionar el cambio de régimen en tarragona (ayuntamiento, notaria o registro?)
    Gracias
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  • Enamorada
    Novia Máster Junio 2014 Madrid
    Enamorada ·
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    En Madrid tb es gananciales x defecto y nosotros xa hacer separacion de bienes lo unico q tuvimos q hacer fue ir al notario una mañana antes de la boda y ya nos dieron las capitulaciones q tienes q llevar despues de la boda al registro xa q hagan las anotaciones pertinentes. Dependiendo de la notaría,los precios oscilan entre los 60/80euros.
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  • Yénifer
    Súper Novia Mayo 2015 Tarragona
    Yénifer ·
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    Holaaaaa....
    y eso de hacer capitulaciones qué es?
    nosotros nos casarems en Galicia y allí por defecto va bienes gananciales, y querríamos poner separación de bienes,.
    cuando se hace ? antes o después de la boda? y en qué consiste el cambio? y lo peor de todo, será una pasta no?
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  • Moka
    Novia Experta Septiembre 2015 Asturias
    Moka ·
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    Tiene razón sheymat, no es cuestión de mejor o peor, sino el q os convenga, en mi caso uno de los dos es autónomo, así q separación de bienes es lo mejor para nosotros.
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  • V
    Novia Habitual Julio 2015 Asturias
    Vero ·
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    Otras muchísimas gracias shemayt, me has valido de mucha ayuda y creo que a las demás chicas que andan por aquí también jejejeje un saludo muy grande y gracias.

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  • Shemayt
    Novia Máster Octubre 2013 Asturias
    Shemayt ·
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    En este caso ninguna diferencia. Las herencias son privativas, en los regímenes, de cada uno. Si está a nombre de tus suegros y fallecen, sería sólo de tu marido. Si el piso está ya a nombre de tu marido,es suyo independientemente del régimen en que os caseis. Como el prestamo para su reforma está a nombre de los dos, tú podrías reclamar la mitad del dinero que se haya pagado, pero la casa sigue siendo suya (ojo, si el préstamo estuviera sólo a su nombre, demostrar que tú has puesto dinero sería más difícil). Con los muebles lo mismo, si los dos habéis puesto dinero, pues os los repartiriais, pero la casa sólo de él. Y luego lo típico: si hay niños y os separais, el niño se queda viviendo en la casa familiar con la persona que tenga el mayor tiempo de custodia, sin importar quien sea el propietario, y así sería hasta que el niño se independice, cuando el progenitor custodio abandonaría la casa si no es el propietario.
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  • Maria
    Novia Adicta Junio 2015 Valencia
    Maria ·
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    Tienes que ir al notario. Aquí en valencia por defecto cuando te casas lo haces en régimen de separación de bienes y si lo que quieres es gananciales tienes que hacer capitulaciones. Yo estoy encantada porque nosotros queremos separación de bienes así que no tenemos que hacer papeleos
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  • Ellie
    Novia VIP Junio 2015 Salamanca
    Ellie ·
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    Gracias, ayer mismo lo comentabamos mi chico y yo que no sabiamos que hacer para pasar a separacion
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  • Ginebra
    Novia Máster Junio 2014 Madrid
    Ginebra ·
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    Muy buena explicación gracias
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  • V
    Novia Habitual Julio 2015 Asturias
    Vero ·
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    Jjejejeje a ver nuestra actual casa en la que estamos viviendo es propiedad, por herencia, de mi futuro marido. Pero la casa al estar vieja se le hizo una reforma integral, cuyo dinero (hipoteca) la estamos pagando entre los dos y los muebles y todo lo que hay dentro también lo hemos comprado entre los dos, aún no estamos casados. Qué diferencia habría en este caso entre un régimen y el otro?.

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  • V
    Novia Habitual Julio 2015 Asturias
    Vero ·
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    Muchas gracias por todo lo dicho Shemayt. Osea que el estado de bienes ganaciales empezaría a partir del momento que nos casemos y estemos registrados no? y entonces todo lo que él tuviera suyo y todo lo mio antes de casarnos seguiría manteniendo cada uno lo suyo en caso de divorcio?

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  • Shemayt
    Novia Máster Octubre 2013 Asturias
    Shemayt ·
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    Yo creo que no hay uno mejor que otro, a cada pareja le viene mejor uno u otro. En Asturias hay gananciales por defecto, así que si quieres separación en principio se hace en notario antes de la boda, pero puedes cambiarlo estando ya casada, así que tampoco hay mucho problema. En ambos, lo que uno haya comprado antes del matrimonio es suyo, y lo que se compre después de los dos, eso no cambia. Lo que sí pasaría es que si tu marido tiene un piso sólo suyo de antes, pero lo pone en alquiler estando casados, por ejemplo, el dinero obtenido sería sólo suyo, con gananciales también sería tuyo y podrías reclamar tu parte en caso de divorcio. Vamos, que con gananciales las ganancias obtenidas durante el matrimonio son de los dos, aunque el bien que las produce sea de uno. Nosotros compramos el piso ya casados a nombre de los dos, así que de moment0 lo dejamos así. Cuando haría separación sí o sí es si uno de los dos es autónomo o tiene pensado serlo, porque si el negocio adquiere una deuda sólo embargarian lo del autónomo, su mitad del piso, por ejemplo, mientras que por gananciales irían por lo de los dos (el piso completo), porque oficialmente las dos personas se benefician de ese negocio aunque sólo sea de uno. Eso sí, si haces separación de bienes comentadle al notario que especifique que la herencia de cada uno va a su pareja. Si no se especifica, en caso de muerte de uno de los dos en separación de bienes y sin hijos, las propiedades del fallecido pasarían a sus padres o hermanos y no al viud@. Pero vamos, que es simplemente un apéndice al documento que se hace normalmente.

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