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Jose
Novio Curioso Agosto 2020 Valencia

Bodas en la nueva normalidad

Jose, el 21 de Junio de 2020 a las 15:58 Publicado en el Grupo Valencia 0 6

Estaba buscando en el Dogv lo relativo a las bodas durante esta nueva etapa y pone los aforos sobre la ceremonia y el restaurante, pero no veo nada de sitios abiertos. ¿alguien sabe el aforo máximo en los sitios al aire libre? mi boda es completamente exterior y tengo unos 200 invitados..

6 Respuestas

Última actividad por Ágatha, el 22 de Junio de 2020 a las 15:25
  • Ágatha
    Top de las Novias Junio 2021 Madrid
    Ágatha ·
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    Vas a poder celebrar un super bodorrio! Me alegro mucho! Y encima de aquí a Agosto seguro que todo va mucho mejor!

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  • Jose
    Novio Curioso Agosto 2020 Valencia
    Jose ·
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    Ahh vale, pues muchas gracias 🥰🥰
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  • Ágatha
    Top de las Novias Junio 2021 Madrid
    Ágatha ·
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    Es que donde tú celebras tu boda es un establecimiento de hostelería!

    Así que tienes cubierto el 100% del aforo

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  • Jose
    Novio Curioso Agosto 2020 Valencia
    Jose ·
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    Gracias, pero eso es en relacion a las terrazas. Yo tengo alquilada una finca y nos sirven el catering en el jardin, durante la fase 3 el maximo eran 150€, pero despues no pone nada, en galicia y otras provincias pone 250 pero en valencia no lo se.
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  • Ágatha
    Top de las Novias Junio 2021 Madrid
    Ágatha ·
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    Tienes en negrita lo que pone el DOGV:

    3.5 Medidas relativas a los establecimientos de hostelería y restauración
    Los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local no podrán superar el setenta y cinco por ciento de su aforo, y habrán de cumplir las siguientes condiciones:
    a) El consumo dentro del local podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesas. Se ha de mantener una distancia física de dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.
    b) Se puede consumir en barra siempre que se garantice la distancia mínima de seguridad entre clientes o clientas, o, en su caso, grupos de clientes.

    c) Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración pueden cubrir hasta el cien por cien de las mesas permitidas, siempre que se pueda asegurar el mantenimiento de la distancia física de al menos dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. A estos efectos, se consideran terrazas al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que, estando cubierto, esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.

    d) La ocupación máxima será de veinte personas por mesa o agrupación de mesas.
    e) Las actividades de hostelería y restauración que se realicen en las playas, incluidas las descubiertas, con concesión o autorización de ocupación o aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre, se regirán por lo establecido en los apartados anteriores, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación sectorial aplicable.
    f) Los locales de discotecas y bares de ocio nocturno solo podrán abrir sin superar un tercio de su aforo. En todo caso, pueden abrir al público las terrazas al aire libre de estos establecimientos en las mismas condiciones y con los mismos requisitos previstos en los puntos c) y d). El espacio destinado a pista de baile o similar, no podrá ser destinado al uso habitual, pero podrá ser utilizado para instalar mesas o agrupaciones de mesas.

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  • Ana
    Barcelona
    Ana ·
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    ¡Hola Jose!
    Te recomiendo leer este debate que te paso, vamos actualizándolo a medida que hay nuevas informaciones oficiales Smiley smile

    ¿Pueden volver a celebrarse las bodas? 🤔

    Asimismo, pregunta en el lugar de la celebración. Como puede haber diferencias de medidas entre provincias, Asegúrate hablando con ellos Smiley winking
    ¡Un abrazo! Smiley heart

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