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Mercedes
Novia Curiosa Agosto 2025 A Coruña

Duda con los papeles para la Iglesia.

Mercedes, el 12 de Diciembre de 2024 a las 15:23 Publicado en el Grupo Ceremonia Nupcial 0 8

Buenas! Me caso en agosto del 2025 y me han surgido algunas dudas, a ver si alguien está en una situación similar a la mía y me las puede resolver.

Voy por partes, nos casamos mi pareja y yo en un monasterio que si bien está donde residimos ahora, no es donde estamos empadronados actualmente, el cura que nos va a casa lo conoce a él y ha dicho que puede comenzar el expediente de mi pareja, pero no el mío, porque yo he residido toda la vida en el otro sitio y es allí donde sigo empadronada.

Sé que por un lado tengo que pedir el certificado de bautismo, que caduca a los 6 meses (y me toca ir a buscarlo a otra iglesia distinta a la mía) y por otro lado tengo que solicitar la apertura del expediente.

A parte de la duda sobre qué va primero (certificado o iniciación del expediente) me han dicho que hay que llevar testigos al inicio de expediente en mi parroquia, aunque después la vayan a trasladar al monasterio donde nos casamos....

Alguien podría explicarme, paso a paso cómo suelen ser esta gestión? estoy un poco perdida...

Gracias!

8 Respuestas

Última actividad por María Jesús, el 12 de Diciembre de 2024 a las 21:22
  • María Jesús
    Embajador@ Octubre 2024 Jaén
    María Jesús Online ·
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    Hola, yo casi estuve en tu caso por poco pero me cambié el domicilio y me ahorré hacer mi medio expediente. Yo pedí los papeles para 6 meses antes de la boda y a la vez pedí cita en la parroquia donde abría expediente, eran sitios diferentes como tú caso. En esos 6 meses te da tiempo de sobra a que te den el bautismo (en 3 semanas lo tuve y eso que tuvo que pasar por obispado y tardo más) y después ya fue ir con los testigos a firmar y abrir mi parte, eso fue unos 4 meses antes de la boda o menos. A partir de ahí ya estaría. Eso si, pregunta que te piden en la parroquia donde abres expediente porque según diferentes parroquias te piden diferentes requisitos, por ejemplo a nosotros no nos pedían estar confirmados pero en otras si
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  • María
    Novia VIP Mayo 2025 Madrid
    María ·
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    Hola! El certificado de bautismo caduca 6 meses contando atrás desde la apertura de expediente, no desde la boda, te lo digo porque suele haber esa confusión y a mí me insistieron mucho
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  • Lara
    Novia Curiosa Noviembre 2025 Madrid
    Lara ·
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    Genial gracias!!!☺️☺️
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  • Loraine
    Embajador@ Mayo 2025 Madrid
    Loraine ·
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    Sí, para el documento de Fe de vida y estado civil basta con rellenar este documento y presentarlo para el expediente:

    https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/modelo_declaracion_responsable_fe_vida_y_estado.pdf

    Acá está la informacion completa, pero esto es para Madrid:

    https://www.comunidad.madrid/servicios/justicia/fe-vida-estado

    Smiley shame


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  • Lara
    Novia Curiosa Noviembre 2025 Madrid
    Lara ·
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    Hola , a nosotros nos pasa parecido!

    Y si tienes q hacer el curso prematrimonial que lo puedes hacer en cualquier parroquia, nosotros lo hicimos en una semana entera, hacerlo porque lo bueno es que eso no tiene caducidad.
    Por otro lado, el certificado de nacimiento lo puedes pedir online en el registro civil y te lo envían al email y el certificado de estado civil yo lo intenté pedir en el registro civil (de Madrid) y pone algo así como que ya no dan ellos estos certificados y que basta con hacer una declaración responsable entiendo que en la parroquia?? Pero esto la verdad que no estoy segura por si alguien lo sabe jeje
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  • Loraine
    Embajador@ Mayo 2025 Madrid
    Loraine ·
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    Un placer. La partida de bautismo tiene una validez de 6 meses desde su expedición. Según la recomendación del Arzobispado de Madrid (que es donde tengo que pedir la mía, ya que la original se perdió), debo solicitarla 6 meses antes de la boda para poder iniciar el expediente matrimonial.

    En la iglesia también recomiendan que, para mantener la vigencia de la partida hasta el día de la boda, se inicie el expediente matrimonial con un máximo de 6 meses de antelación. Por ejemplo, yo me caso en mayo y comenzaré el expediente en enero.

    De todas formas, es mejor confirmar este detalle directamente con el párroco que os vaya a abrir el expediente, porque me ha dicho mi cura que no importa si la partida caduca después, ya que habrá cumplido su función una vez se haya incluido en el expediente matrimonial, suponiendo que no me caso en mayo por X, debería valer el mismo expediente para agosto, por ejemplo.

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  • Mercedes
    Novia Curiosa Agosto 2025 A Coruña
    Mercedes ·
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    Jo, muchísimas, muchísimas gracias, me lo has explicado todo genial... ahora lo tengo bastante claro.

    Mi pareja va a hablar con el diácono que nos casará, porque no nos ha comentado nada del curso matrimonial..

    Solo una última duda, entonces el certificado de bautizo se utiliza para la iniciación del expediente, pero ¿sigue teniendo que estar en vigor cuando se celebre la boda o entonces ya da igual que haya caducado al haber finalizado el expediente? o el expediente no se cierra hasta el día de la boda?

    Mil gracias!!!

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  • Loraine
    Embajador@ Mayo 2025 Madrid
    Loraine ·
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    ¡Hola! Claro, te explico los pasos que generalmente se siguen en España para casarse por la iglesia cuando la boda no se celebra en tu parroquia de residencia. Es un proceso un poco burocrático, pero aquí lo tienes paso a paso:

    1. Certificado de bautismo

      • Es uno de los primeros documentos que necesitas. Como mencionas, se solicita en la iglesia donde fuiste bautizada, y es válido por 6 meses. Asegúrate de no pedirlo con demasiada antelación para que no caduque antes de terminar el expediente.
    2. Apertura del expediente matrimonial

      • Cada miembro de la pareja abre su expediente en la parroquia que le corresponde según su lugar de empadronamiento.
      • En tu caso, tendrás que ir a la parroquia del lugar donde estás empadronada (aunque ya no residas allí).
      • Tu pareja abrirá el expediente en su parroquia actual (que parece que es la misma del monasterio donde os casáis).
    3. Requisitos para la apertura del expediente

      • Documentos necesarios:
        • DNI o pasaporte.
        • Certificado de bautismo (el que mencionas).
        • Certificado literal de nacimiento (se solicita en el Registro Civil).
        • Certificado de estado civil (también del Registro Civil).
      • Testigos: Sí, suele ser necesario llevar dos testigos a la apertura del expediente. Estos testigos deben conocerte y confirmar que estás libre para casarte (no es necesario que sean familiares, de hecho se pide que no lo sean, aunque hay curas menos extrictos con esto).
      • El expediente abierto en tu parroquia será posteriormente trasladado al monasterio donde os vais a casar.
    4. Comunicación entre parroquias

      • Una vez abierto el expediente en tu parroquia, esta lo remitirá al monasterio. Este paso lo gestiona el párroco, pero es recomendable que confirmes cómo y cuándo lo enviarán. A veces pueden solicitar algún coste administrativo por el traslado.
    5. Plazos y tiempos

      • Lo ideal es empezar todo este proceso con tiempo suficiente, al menos 6 meses antes de la boda. Dado que tu boda es en agosto de 2025, podrías iniciar la gestión a principios de 2025 para evitar problemas de caducidad con los certificados.
    6. Curso prematrimonial

      • Aunque no lo mencionas, recuerda que es obligatorio hacerlo y suele ser independiente del expediente. Pregunta en el monasterio o en vuestra parroquia actual dónde os recomiendan realizarlo.

    En cuanto a tu duda principal, lo primero sería obtener el certificado de bautismo para cada uno, y luego iniciar el expediente matrimonial en vuestras respectivas parroquias. Asegúrate de coordinar bien con el sacerdote del monasterio para que todos los documentos lleguen correctamente y a tiempo.

    ¡Ánimo, que seguro todo sale bien! 😊

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