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María
Novio Novato Junio 2023 Badajoz

Nulidad matrimonial (eclesiástica)

María, el 10 de Febrero de 2023 a las 21:45 Publicado en el Grupo Antes de la boda 0 13
Hola chic@s, a ver si nos podéis ayudar con vuestra experiencia. Queremos casarnos por la iglesia pero mi pareja está divorciado, hemos pensado el tema de la nulidad pero no sabemos nada en cuanto a tiempos y demás.
Alguien que lo haya conseguido podría decirnos cuanto les ha tardado y un poco de información?
Gracias!!

13 Respuestas

Última actividad por Miriam, el 13 de Febrero de 2023 a las 10:11
  • Miriam
    Admin Barcelona
    Miriam ·
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    ¡Hola María!

    Me alegra ver que las chicas te han estado intentado ayudar en los comentarios 😍

    ¿Cómo lleváis el resto de preparativos?

    ¡Cuéntanos! 😘

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  • Irene
    Súper Novia Octubre 2023 Cádiz
    Irene ·
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    Lo mejor que puedes hacer es mirar un abogado que sea especialista en Derecho eclesiástico o canónico.
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  • C
    Novia Adicta Junio 2015 Granada
    CS1984 ·
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    Ver mensaje citado
    Madre mía , si q hay causas !.
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  • L
    Top de las Novias Noviembre 2023 Valencia
    Leticia ·
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    Ver mensaje citado
    Jolin, acabo de leer tu respuesta y me ha parecido muy interesante, no sabía que había todas esas causas, gracias por la info 😘
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  • R
    Top de las Novias Septiembre 2021
    Raquel ·
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    Cual es el motivo de la nulidad?
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  • Jessica
    Súper Novia Marzo 2023 Barcelona
    Jessica ·
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    En su momento a mi m
    Informaron en mi parroquia que la nulidad eclesiastica siempre pasa por el Vaticano. Los tiempos son de 2 a 4 años y sólo en casos como los siguientes:

    1. La falta de asistencia a la celebración del ordinario del lugar o del párroco.
    2. Matrimonio por poderes que sean nulos.
    3. Matrimonio celebrado sin la asistencia de uno o de los dos testigos.
    Causas de nulidad por existencia de impedimentos
    1. La edad: El matrimonio contraído entre varones menores de 16 años y mujeres menores de 14 años, será nulo. Si bien, se podrá pedir dispensa.
    2. La imposibilidad de mantener relaciones sexuales: Esta imposibilidad debe ser anterior al matrimonio y perpetua. En este caso, no se puede pedir dispensa. La esterilidad no prohíbe el matrimonio, salvo que el otro cónyuge haya contraído matrimonio engañado por dolo y desconozca la esterilidad.
    3. El matrimonio anterior: Es inválido el matrimonio de quien está ligado por el vínculo de un matrimonio anterior. No se podrá pedir permiso.
    4. Disparidad de cultos: La persona bautizada no podrá contraer matrimonio con otra que no lo esté. Se podrá pedir dispensa si una persona es católica y la otra pertenece a otra confesión cristiana no católica.
    5. El orden sagrado (sacerdotes) y el voto público y perpetuo de castidad en un instituto religioso: En ambos casos, se puede recibir el permiso de la Sede Apostólica.
    6. Delitos cometidos para contraer matrimonio: no se puede pedir dispensa.
      • Rapto: No puede haber matrimonio entre un hombre y una mujer raptada/o.
      • Crimen: No puede haber matrimonio entre una persona que mata al cónyuge del otro o a su propio cónyuge.
    7. El parentesco: No pueden contraer matrimonio:
      • Los padres e hijos entre sí, ni los hermanos, ya sean de sangre o por adopción. No se admite dispensa.
      • Los tíos con sobrinos, ni los primos entre sí. Se podrá pedir dispensa
      • Los parientes afines (parentesco político). Es decir, el hombre no puede casarse con su cuñada o su suegra (hermana o madre de su mujer fallecida). Se podrá pedir dispensa.
    Causas de nulidad por vicio del consentimiento
    1. Incapacidad para prestar el consentimiento por:
      • Falta de uso de razón.
      • Grave defecto de discreción de juicio.
      • Causas de naturaleza psíquica.
    2. Ignorancia de las propiedades esenciales del matrimonio.
    3. Error en la identidad de la persona o de una cualidad de la persona que afecte a la vida matrimonial.
    4. Dolo provocado para obtener el consentimiento.
    5. Matrimonio bajo condición de un hecho futuro o incierto.
    6. Violencia o miedo grave.

    Editado por Bodas.net
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  • María
    Novia VIP Mayo 2025 Madrid
    María ·
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    Caro no es, de hecho en la mayoría de diócesis es gratis, pero puede tardarse años y además que sea un motivo válido para la Iglesia, habla con tu párroco y que te informe
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  • 👰🏼‍♀️•𝔏𝔞𝔲𝔯𝔞 🩷 𝔄𝔩𝔢𝔧𝔞𝔫𝔡𝔯𝔬•🤵🏻‍♂️
    Novia Leyenda Octubre 2021 Barcelona
    👰🏼‍♀️•𝔏𝔞𝔲𝔯𝔞 🩷 𝔄𝔩𝔢𝔧𝔞𝔫𝔡𝔯𝔬•🤵🏻‍♂️ ·
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    Guapísima espero que puedan ayudarte por aquí ❤️❤️❤️.
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  • R
    Novia Máster Julio 2022 Zaragoza
    Rosa ·
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    Yo lo miré en su momento porque yo estuve casada anteriormente por la iglesia y aunque al final decidimos casarnos por lo civil cuando me informé me dijeron que ahora era mucho más fácil que anteriormente, que no se necesitaba mucho dinero, que no hacía falta estar de acuerdo los dos y que lo tramitaba un abogado experto en temas eclesiásticos.
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  • Teresa
    Top de las Novias Septiembre 2023 Valencia
    Teresa ·
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    Yo creo que tiene que ser mutuo acuerdo y debes pagar bastante pasta para que hagan la anulación
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  • Pilar
    Novia Máster Septiembre 2023 Barcelona
    Pilar ·
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    No hace falta que sea de mutuo acuerdo, creo, pero hay que demostrar por qué la nulidad... Uno era demasiado joven , yo que se... No estoy muy puesta en los motivos, gg. Pero algo que muestre que ese matrimonio en verdad no era válido (la razón por laque no era válido)
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  • Nicolas
    Novio VIP Junio 2023 Sevilla
    Nicolas ·
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    Eso lo lleva un abogado y creo que es algo caro
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  • A
    Novio Máster Septiembre 2023 La Rioja
    Adrián ·
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    Uf que tema más complicado, creo que se debe solicitar de mutuo acuerdo, creo que solo se eso sobre el tema… a ver si os ayudan 😀
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