Buenas noches,
me caso el año que viene en Madrid , y estoy mirando la burocracia que hay que hacer. Tengo claro que tengo que iniciar el expediente en mi distrito y luego, cuando me lo admitan, pedir traslado (me casaré en Guadarrama). Por eso, he pedido ya cita en el Registro. El problema me viene con el testigo. Puede que sea tonta pero en la página pone:
1. Certificación literal de nacimiento. Si el nacimiento ha ocurrido en Madrid con posterioridad a 1950 el certificado se expide por el Registro en el momento de iniciar el expediente.
- 2. Certificado de empadronamiento, en el que conste el domicilio de los dos últimos años
- 3. Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte.
- 4.Identificación de testigos.
Yo he hecho ya lo del padrón de manera telemática y lo tengo, los DNI controlado, el certificado de nacimiento me lo hacen en el momento....¿y la identificación de testigos ? Es aportar DNI y ya ¿no? Y en ningún sitio pone ni número de testigos ni si tienen que ser los mismos que vayan a firmar en la celebración ni nada. He leído varios posts aquí al respecto, que es algo que cambia según comunidades... ¿podéis arrojarme algo de luz?
GRACIAS