Buenas, os comento nuestro caso para saber si alguien ha estado en la misma situación, y cómo os ha ido la cosa.
Nosotros firmamos los papeles de matrimonio un viernes 16 de Junio en el ayuntamiento, y la celebración (banquete y demás) la realizaremos después, el sábado 8 de Julio, ya que ha sido totalmente imposible coordinar ambos sitios en la misma fecha (como imagino que suele ocurrir)
Tengo entendido que dan 1 día hábil para la firma, y 15 días naturales para la luna de miel.
Queremos saber si al firmar el 16 de junio los 15 días hábiles de luna de miel tendrían que ser a la fuerza a partir del lunes siguiente a la firma (el 19 de junio) o podríamos dejarlo para el lunes siguiente a la celebración (lunes 10 de julio)
¿A alguien os han obligado a que tenga que ser inmediatamente después de firmar?
¿El día hábil que dan para firmar se puede coger aparte de los 15 días de la luna de miel?
Agradecería que nos comentéis como es vuestro caso, si es similar al nuestro.
Muchas gracias.